Desde el pasado mes de octubre en la Comunidad Autónoma de Valencia, a pesar de un dictamen del Consejo Jurídico Consultivo en su contra, se aprobó un proyecto de ley integral sobre la identidad de género.
En su exposición de motivos se define claramente lo que debe ser la identidad de género, y se trata de una vivencia interna e individual del género tal como cada persona la
siente. Al igual que pasó con la homosexualidad, en el siglo XX, la transexualidad comenzó a tratarse desde
el ámbito médico, considerándose como un trastorno de disforia de género, y calificando a las
personas trans como afectadas por una enfermedad mental.
En este proceso de reconocimiento, se han dado ya muchos pasos en diferentes ámbitos: global,
europeo, estatal, autonómico y local, al convertir el tratamiento de la identidad de género en una
cuestión de Derechos Humanos.
En definitiva, se trata de evitar que la transexualidad sea tratada como una patología.
La norma, impulsada por la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas que dirige Oltra, incluye políticas de atención a las personas trans y medidas en distintos ámbitos contra la discriminación por motivo de identidad o de expresión de género.
En definitiva, se trata de evitar que la transexualidad sea tratada como una patología.
La norma, impulsada por la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas que dirige Oltra, incluye políticas de atención a las personas trans y medidas en distintos ámbitos contra la discriminación por motivo de identidad o de expresión de género.
Contra la disposición legal encontramos al Consejo Jurídico Consultivo que había reclamado al Gobierno valenciano que obligase a «acreditar la disforia de género por medio de un informe médico o de psicólogo clínico con la finalidad de evitar la inseguridad jurídica» del interesado. El Consell no lo ha estimado pertinente. “Es «inaceptable» y sería «contradictorio» con la esencia de la norma”, ha puntualizado la portavoz y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas.
En el ámbito sanitario, el proyecto de ley garantiza a los menores el acceso a tratamientos de bloqueo hormonal al inicio de la pubertad y el tratamiento hormonal cruzado en el momento adecuado, así como un plan de seguimiento, acompañamiento y asesoramiento psicológico.
Parece que esta ley llega tras un alegato a las demandas sociales al respecto, no sin abrir un intenso debate en muchas esferas de la sociedad valenciana y española. Este debate es más que necesario pero, insisto, es el reflejo de una forma de dar más libertad a los que siempre fueron desiguales: adelante.
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